"Actuó en legítima defensa": Revierten sentencia contra Roxana Ruiz por asesinar a su abusador

La joven Roxana Ruiz estaba condenada a pasar 6 años y 2 meses en prisión, pena máxima por el delito de homicidio simple



Toluca, Estado de México.



- Luego de conocerse la condena emitida el 15 de mayo por el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, en contra de Roxana Ruiz Santiago, considerada responsable del delito de homicidio y por la que se le impuso una pena de 6 años y 2 meses de cárcel, el fiscal general del Estado de México, instruyó a la Fiscalía Central para analizar el caso bajo los parámetros que deben tomarse en cuenta para grupos vulnerables.Una vez concluida la revisión, se llegó a la determinación que la conducta realizada por la sentenciada durante los hechos que se le imputaron, está exenta de responsabilidad penal, toda vez que la Fiscalía considera que actuó en legítima defensa, tal y como lo dispone el Artículo 327 fracción IV del Código Nacional de Procedimientos Penales.



Por tal razón, el fiscal general de justicia del Estado de México, ordenó la desestimación de la acción penal a favor de la señalada.Sin embargo, ella expresó en una protesta que no aceptaría dicho indulto, pues sería reconocer su culpa en un delito que no cometió, caso por el que además nunca se le consideró como víctima.



Roxana Ruíz tiene 23 años de edad, es originaria de Oaxaca y aseguró que al denunciar el abuso del que fue víctima, no se le realizaron las pruebas pertinentes para comprobar la agresión.De acuerdo a las investigaciones, el fallecido llevaba por nombre Sinaí 'N', quien abusó de la fémina en mayo de 2021.



Para defenderse, Roxana golpeó al agresor en la cabeza dejándolo inconsciente, y posteriormente lo asfixió por estrangulación.



Después de los hechos, ella permaneció con el cuerpo por lo menos 20 horas y luego lo apuñaló en cinco ocasiones; cuatro de las heridas fueron de 32 centímetros de profundidad.



Ruiz Santiago tenía prohibido salir del Estado de México y de la Ciudad de México y debía llevar su proceso en libertad acudiendo periódicamente al Centro Estatal de Medidas Cautelares.



Fuente: Tribuna y FGJEM.





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